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Derecho de desistimiento

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Formulario y derecho de desistimiento

DESISTIMIENTO DEL CONSUMIDOR, CESIONES Y CANCELACIÓN DEL VIAJE POR NO ALCANZAR EL NÚMERO DE PERSONAS INSCRITAS EL MÍNIMO PREVISTO 

 

En todo momento el usuario o consumidor puede desistir de los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiera abonado, tanto si se trata del precio total como del anticipo previsto en el apartado precedente, pero deberá indemnizar a la Agencia por los conceptos que a continuación se indican: 

 

A) En el caso de servicios sueltos: La totalidad de los gastos de gestión, más los gastos de anulación, si se hubieran producido estos últimos. 

 

“Dada la variedad de causas y circunstancias de posible anulación del viaje, así como los numerosos servicios de los que se ocupan en destino no resulta posible el cálculo previo de los mismos, pero se significa que, en tales casos se podrán repercutir los gastos de anulación debidamente justificados, siempre que se hayan efectivamente producido. 

 

B) En el caso de viajes combinados y salvo que el desistimiento se produzca por causa de fuerza mayor: 

 

1) Los gastos de gestión más los gastos de anulación, si los hubiere. 

 

2) Una penalización, consistente en el 5% del total del viaje si el desistimiento se produce con más de diez días y menos de quince de antelación a la fecha de comienzo del viaje; el 15% entre los días 3 y 10, y el 25% dentro de las cuarenta y ocho horas anteriores a la salida. 

 

De no presentarse a la hora prevista para la salida, no tendrá derecho a devolución alguna de la cantidad abonada, salvo acuerdo entre las partes en otro sentido. 

 

En el caso de que alguno de los servicios contratados y anulados estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de contratación, tales como flete de aviones, buques, tarifas especiales, etc., los gastos de anulación por desistimiento se establecerán de acuerdo con las condiciones acordadas por ambas partes. En concreto están sujetos a condiciones económicas especiales de contratación, y por tanto a gastos especiales de anulación los cruceros marítimos o fluviales, así como los programas de Confirmación Inmediata, hoteles y circuitos en EE.UU., Canadá, México, Caribe, Guatemala, Costa Rica, Nicaragua, Panamá, Colombia,Ecuador, Bolivia, Perú, Chile, Argentina, Brasil, India, Siria, Jordania, Israel, Egipto, Libia y en general todos aquellos programas, productos u hoteles exclusivos de venta regulada. Asimismo indicamos que la mayoría de las compañías aéreas exige la emisión del billete físico o electrónico con bastante antelación y fijan un gasto a partir de esa fecha. Les recomendamos que es importante consulte las condiciones particulares de estos programas cuyo cómputo en los gastos de anulación será acreditado por el Organizador en caso de desistimiento. 

 

Cesión de la reserva. 

 

1. El contratante principal o el beneficiario podrán ceder gratuitamente su reserva en el viaje combinado a una persona que reúna todas las condiciones requeridas para el mismo. 

 

2. La cesión deberá ser comunicada por escrito al detallista o, en su caso, al organizador con una antelación mínima de 15 días a la fecha de inicio del viaje, salvo que las partes pacten un plazo menor en el contrato. 

 

3. La persona que ceda su reserva en el viaje combinado y el cesionario responderán solidariamente, ante el detallista o, en su caso, el organizador que sean parte del contrato, del pago del saldo del precio, así como de los gastos adicionales justificados que pudiera haber causado dicha cesión. 

 

En los casos que el Organizador condicione, y así lo especifique expresamente, la viabilidad de la oferta de viaje combinado a contar con un mínimo de participantes y por no alcanzarse ese número, se produzca la anulación del viaje, el usuario tendrá derecho exclusivamente al reembolso del total del precio o de las cantidades anticipadas, sin que pueda reclamar cantidad alguna en concepto de indemnización, siempre y cuando la Agencia se lo haya notificado por escrito con un mínimo de diez días de antelación a la fecha prevista de inicio del viaje.

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